FINANCIACIÓN PARA EL DEPORTE #nuevaleydxt

Y seguimos hablando del borrador de Ley del Ejercicio Físico y del Deporte de La Rioja. En este caso, “centramos el tiro” en algo tan importante como la financiación en el título VII. Mientras llega la tan esperada Ley de Mecenazgo, en el borrador de la ley riojana se ponen sobre la mesa algunos caminos, nuevos hasta hoy, que esperemos sirvan de manera práctica y que sobre todo dejen claro que no todo es jugárselo todo a la carta de la ya comentada Ley de Mecenazgo futura.

Hace ya muchas semanas que en +rendimiento hablábamos de PROPUESTAS DE FINANCIACIÓN EN EL DEPORTE http://www.masrendimiento.es/2012/11/propuestas-de-financiacion-para-el.html. Lo cierto es que aquel argumento se ha reflejado en las propuestas que se pueden leer en esta ley. Hay que tener en cuenta una única cosa: Las competencias que tienen las diferentes administraciones. Eso nos ha llevado a que la “alegría” no sea completa, pero como ya he comentado, también se trata de ir abriendo caminos.

En el borrador de la ley se plantea:

Que en todas las contrataciones públicas con un objeto deportivo (construcción de instalaciones, gestión de instalaciones…) se introduzcan criterios de adjudicación relacionados con el apoyo al deporte (patrocinio de equipos, deportistas, eventos… contratación de deportistas de alto rendimiento para el desarrollo del contrato…). Para los que pregunten por que no se amplía la medida para todo tipo de contratos, la respuesta es fácil: Lo impide la Ley de Contratos en Vigor. 

La figura del patrocinio público de manera explícita, de cara a la contratación pública. La administración debe entender que no es lo mismo subvencionar (sin teórico retorno para la administración) que el contrato de patrocinio público (donde dicho retorno debe ser claro y mesurable). No siempre es fácil que determinados departamentos de la administración lo entiendan así, provocando problemas de tramitación (o incluso la imposibilidad de tramitación). Creando la figura en la ley, se solucionan dichos problemas. 

Creación del Reconocimiento Empresarial Deportivo. Formula de reconocimiento a aquellas empresas que colaboren con el deporte. Dicha figura no solo sirve para agradecer a dicha empresa su apoyo, sino que se puede tener en cuenta como criterio de adjudicación.

Además, como ya hemos comentado reiteradamente, las federaciones deben adaptarse a los nuevos tiempos. Esto se concreta en 3 puntos:

- Adaptarse a nueva demanda de práctica deportiva  
Aprender a competir en el mercado deportivo con otros productores de servicios (clubes y empresas principalmente) 
Reducir el porcentaje de dinero público en su presupuesto

Con este triple objetivo nace la Licencia popular, habilitación para la práctica de carácter popular que pretende que las federaciones den servicio a dicho colectivo, cada vez mayor, consiguiendo de esta manera dar cobertura a dicha práctica, y generar actividad y recursos para las federaciones deportivas. Pero quizá este punto sea motivo de tratamiento más especial por su repercusión y su asociación a otras propuestas que van en la misma línea.

Y por supuesto que en la ley se mantienen las herramientas actuales, líneas de ayudas y subvenciones a los diferentes estamentos del deporte.

Las entidades deportivas deben generar más recursos propios (nadie dice que sea fácil) y la administración debe facilitar esa generación. En La Rioja hemos dado estos pasos.


Espero vuestras aportaciones.

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